Las partes acuerdan que sin perjuicio de la gratificación de un 25% sobre los sueldos base estipulada en cada uno de los contratos individuales de trabajo, durante la vigencia de este Convenio, la Empresa pagará una vez al año, conjuntamente con el pago de las remuneraciones del mes de enero, a cada uno de los trabajadores afectos al presente convenio, que tengan una antigüedad mínima de once meses a la fecha de pago y contrato de trabajo vigente, una gratificación variable por productividad y resultados, expresada en Unidades de Fomento.
Esta gratificación se determinará en atención al cumplimiento anual del presupuesto de las ventas con tarjetas de crédito bancarias (Visa, MasterCard, Diners Club, Magna, American Express y otras que se pudieren incorporar) y Redcompra expresadas en Unidades de Fomento aprobado por el Directorio de la compañía. Se considerarán sólo las ventas originadas en establecimientos comerciales nacionales efectuadas con tarjetas emitidas en Chile o en el extranjero.
Para determinar la gratificación a pagar en el mes de enero del año 2026, se considerará el cumplimiento del presupuesto de las ventas efectuadas con las tarjetas en el año 2025 y así sucesivamente. Los porcentajes de cumplimiento serán determinados en el mes de enero de cada año por la Gerencia de Contraloría de la Empresa. En el evento que en el transcurso de un año el Directorio aumente o disminuya el presupuesto para ese año, para los efectos de esta disposición se estará a la última aprobación que hubiere efectuado tal órgano.
Transbank hará entrega del informe con los niveles de cumplimiento alcanzados en los distintos indicadores al Sindicato, en una fecha que no excederá del 20 de enero del año en que corresponde efectuar el pago. Este informe considerará el detalle de la meta original, del nivel de cumplimiento alcanzado y del cálculo realizado para alcanzar el porcentaje de pago.
Asimismo, la Empresa entregará al finalizar cada trimestre calendario un informe parcial de cumplimiento de los indicadores fijados para dicho año, detallando la meta original y el nivel de cumplimiento alcanzado. Este informe se entregará el día 20 del mes siguiente al último mes de cada trimestre.
El monto de esta gratificación se determinará sobre la base del cumplimiento ya referido, utilizándose la siguiente tabla:
| Rango de Aumento porcentual del cumplimiento del presupuesto de ventas | Monto de la Gratificación en Unidades de Fomento
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| Menos de 80% | 15 |
| Desde 80% y hasta menos de 89% | 19 |
| Desde 89% y hasta menos de 94% | 24 |
| Desde 94% y hasta menos de 102% | 27 |
| Desde 102% y hasta menos de 110% | 30 |
| Desde 110% y hasta menos de 115% | 36 |
| Más de 115% | 39 |
Aquellos trabajadores que terminen su relación laboral con la empresa por causal de “Necesidades de la Empresa” durante el año siguiente al de medición, pero antes de la fecha de pago, recibirán el pago íntegro del beneficio, junto con su finiquito o mediante un complemento al mismo.
Las gratificaciones a que estas cláusulas se refieren, legal y contractualmente, se imputarán a cualesquiera otra a que eventualmente pueda tener derecho el trabajador de acuerdo con la Ley.